miércoles, 9 de diciembre de 2009

Reglamento

REGLAMENTO MODELO PARA LOS CLUBES ROTARACT

ARTÍCULO I — Elecciones
Votaciones 1. La elección para los cargos de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y directores se celebrará anualmente
con antelación al 1 de marzo. El año de un club Rotaract será el mismo que el año rotario. Los funcionarios
elegidos tomarán posesión del cargo el 1 de julio.
2. Las propuestas para cada cargo se harán por escrito. La votación se realizará en la reunión ordinaria que siga
a la reunión en la que se hicieron las propuestas y será secreta por medio de papeletas. Serán elegidos los
candidatos que reciban la mayoría de los votos emitidos por los socios presentes, que estén al día en el
cumplimiento de sus obligaciones.
3. Además del presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, se elegirán directores.

ARTÍCULO II — Deberes de los funcionarios
Deberes
oficiales
1. Presidente. Este funcionario presidirá las reuniones ordinarias y extraordinarias del club y de la junta directiva.
Podrá, con aprobación de la directiva, nombrar todos los comités permanentes y especiales y en el caso de
producirse una vacante en la junta directiva podrá, con aprobación de la misma, efectuar un nombramiento
para llenar la vacante hasta la siguiente elección ordinaria del club. El presidente es miembro ex officio de
todos los comités, y debe mantenerse en contacto con el club patrocinador y el representante distrital de
Rotaract para asegurar que se hallen informados de todas las decisiones que tome el club.
2. Vicepresidente. Este funcionario sucederá al presidente en su cargo en caso de que éste, por cualquier circunstancia,
tuviera que abandonarlo y, en ausencia del presidente, presidirá todas las reuniones del club y la
directiva.
3. Secretario. Este funcionario conservará todos los registros del club, redactará las actas de todas las reuniones
del club y de la junta directiva y proporcionará copias de las mismas al presidente del Comité Rotaract del club
rotario patrocinador.
4. Tesorero. Este funcionario tendrá a su cargo la custodia de los fondos del club, manteniendo al día el registro
de todas las operaciones y depositando tales fondos en un banco aprobado por la junta directiva. En cada reunión
del club presentará un informe del estado financiero del club y mantendrá la documentación respectiva a
disposición de cualquier socio que desee revisarla. Todo desembolso se hará por medio de cheque con la firma
de dos funcionarios autorizados.

ARTÍCULO III — Reuniones
Quórum 1. Las reuniones del club se celebrarán por lo menos dos veces al mes y las reuniones de la directiva por lo
menos una vez al mes, en el lugar y hora más convenientes para los socios.
2. La mayoría de los socios, que estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones, constituirá quórum para las
reuniones ordinarias y extraordinarias del club. Habrá quórum para una reunión de la directiva cuando asistan
a la misma cuatro miembros de la directiva, uno de los cuales deberá ser el presidente o el vicepresidente.

ARTÍCULO IV — Cuotas
Cuotas 1. La cuota de ingreso será de . La cuota anual será de , por cada socio.
2. Todo socio deberá pagar la cuota de ingreso y las ordinarias para que se le considere al día en el cumplimiento
de sus obligaciones.

ARTÍCULO V — Comités
Deberes
de los comités
Sujeto a la aprobación de la directiva, el presidente nombrará los siguientes comités permanentes:
1. Servicio en el Club. Este comité será responsable de la asistencia, los socios, los programas, las medidas que
estimulen el compañerismo, las relaciones públicas y demás asuntos que se estimen adecuados.
2. Servicio Internacional. Este comité tendrá como responsabilidad principal aumentar el conocimiento y la comprensión
de las necesidades, problemas y oportunidades a nivel mundial y desarrollar actividades para prestar
servicio promoviendo la comprensión internacional y la buena voluntad entre los pueblos del mundo.
3. Servicio en la Comunidad. Este comité tendrá como responsabilidad aumentar el conocimiento y la comprensión
de las necesidades, problemas y oportunidades de la comunidad y formular y desarrollar las actividades
adecuadas para servir a la comunidad (incluyendo la comunidad universitaria).
4. Fomento Profesional. Este comité tendrá como responsabilidad elaborar un programa para ofrecer información
sobre una amplia muestra representativa de negocios y profesiones y estimular la concienciación y aceptación
de elevadas normas de ética en los negocios y en la vida profesional.
5. Finanzas. Este comité formulará los métodos y medios para financiar cualquiera y todas las actividades del club
que requieran fondos, en colaboración con el comité que sea del caso.
Los comités de Servicio Internacional y Servicio en la Comunidad tendrán el deber de planear e iniciar anualmente,
una actividad principal en sus respectivos campos, actividad en la que deberán participar todos o la mayoría de
los socios del club.

ARTÍCULO VI — Enmiendas
Enmiendas 1. Este reglamento podrá ser modificado por el voto de la mayoría de los socios que estén al día en el cumplimiento
de sus obligaciones, durante una reunión ordinaria o extraordinaria en la que haya quórum, siempre que se
haya notificado a los socios sobre la intención de efectuar tal votación en una reunión del club en la que haya
habido quórum, celebrada por lo menos con catorce días de antelación, y siempre que la enmienda cuente con
la aprobación del club rotario patrocinador.
2. Este reglamento no podrá contravenir en ninguna forma lo dispuesto en los estatutos del club.
661-SP—(104)

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